REUNIÓN: 15 de Abril 2025
Resumen de nuestra última reunión:
Un espacio de intercambio y aprendizaje donde tratamos, en el día de ayer como tópico la invalidez de la renuncia laboral. Un ámbito enriquecedor para debatir y profundizar en este tema clave del derecho del trabajo.
Seguimos avanzando hacia la construcción de conocimiento y colaboración.
Gracias a todos los participantes por su valiosa contribución en nuestra reunión mensual.
⇒ abstract REUNIÓN
1. La renuncia notarial carece de validez, en cualquier caso, dado la expresa disposición del art. 240 LCT.
2. La renuncia fue coaccionada por lo que hay un vicio de la voluntad y se encubre un despido.
3. La renuncia como hecho de aniquilación de derechos laborales admite solo dos formas: por telegrama colacionado ante el funcionario del correo argentino, o por ante autoridad administrativa o judicial del trabajo.
4. Los testigos pese a tener juicios pendientes contra la demandada, fueron tomados en cuenta por considerar que la patronal había organizado previamente la desvinculación evitando la posibilidad de testigos ajenos al hecho.